CIRCULAR INFORMATIVA

NEGOCIACIÓN COLECTIVA

1.- PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2.002 DEL CONVENIO COLECTIVO para la INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA de la PROVINCIA DE BARCELONA.

El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya nº 3587 del 4-3-2002, publica las Tablas Salariales vigentes para el año 2.002 del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona.

2.- PAGO DE ATRASOS

Se recuerda que las empresas disponen de un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de publicación de las Tablas Salariales del Convenio en el D.O.G.C., para abonar a sus trabajadores los atrasos por diferencias producidos desde el día 1 de enero del año en curso.

3.- CLÁUSULA DE INAPLICACIÓN SALARIAL

Las empresas que deseen acogerse a la CLÁUSULA DE INAPLICACIÓN SALARIAL, han de comunicar por escrito a los representantes legales de los trabajadores o en su defecto, a sus trabajadores, las razones justificativas de esta decisión en un plazo de 20 días, contados a partir de la fecha de publicación de las tablas salariales del Convenio (4-3-2002) en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (D.O.G.C.), según procedimiento establecido en la CLÁUSULA DE INAPLICACIÓN SALARIAL del propio Convenio Provincial.
Es necesario remitir una copia de esta comunicación a la Comisión Paritaria del Convenio.

U.P.M. pone a disposición, COPIA de la página del D.O.G.C. nº 3587 (PDF) donde sale publicado el Convenio, a efectos de la presentación de las liquidaciones complementarias por atrasos a la Seguridad Social.

Imprimir Documento

Barcelona, marzo de 2.002

 
   
     
  
Unió Patronal Metal.lúrgica ©