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CIRCULAR INFORMATIVA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
1.- PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES
PARA EL AÑO 2.002 DEL CONVENIO COLECTIVO para la INDUSTRIA
SIDEROMETALÚRGICA de la PROVINCIA DE BARCELONA.
El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya
nº 3587 del 4-3-2002, publica las Tablas Salariales vigentes
para el año 2.002 del Convenio Colectivo para la Industria
Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona.
2.- PAGO DE ATRASOS
Se recuerda que las empresas disponen de un
plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de publicación
de las Tablas Salariales del Convenio en el D.O.G.C., para abonar
a sus trabajadores los atrasos por diferencias producidos desde
el día 1 de enero del año en curso.
3.- CLÁUSULA DE INAPLICACIÓN
SALARIAL
Las empresas que deseen acogerse a la CLÁUSULA
DE INAPLICACIÓN SALARIAL, han de comunicar por escrito a
los representantes legales de los trabajadores o en su defecto,
a sus trabajadores, las razones justificativas de esta decisión
en un plazo de 20 días, contados a partir de la fecha de
publicación de las tablas salariales del Convenio (4-3-2002)
en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (D.O.G.C.),
según procedimiento establecido en la CLÁUSULA DE
INAPLICACIÓN SALARIAL del propio Convenio Provincial.
Es necesario remitir una copia de esta comunicación
a la Comisión Paritaria del Convenio.
U.P.M. pone a
disposición, COPIA de la página
del D.O.G.C. nº 3587 (PDF) donde
sale publicado el Convenio, a efectos de la presentación
de las liquidaciones complementarias por atrasos a la Seguridad
Social.

Barcelona, marzo de 2.002
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