Sistema de Bonificiones Formación Continua Empresas
La LPGE publicada en el BOE nº 312, del día 29 de diciembre, recoge en su Disposición Adicional 29, la financiación para Formación Continua, correspondiente al año 2006, en los siguientes términos:
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA NOVENA DE LA LEY 30/2005 DE 29 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN CONTINUA
De la cotización de formación profesional se destinará, como mínimo, un 0.42 por ciento a la financiación de la formación continua de los trabajadores. El importe de esta cantidad se fijará en el Presupuesto del Servicio Publico de Empleo y financiará las iniciativas de formación del R.D. 1046/20063 de 1 de Agosto. Un 10.75% de este importe se destinará a la formación continua de las Administraciones Públicas.
Las empresas cotizantes dispondrán de un crédito máximo que resultará de aplicar a su cuota ingresada en 2005 por formación profesional, los siguientes porcentajes de bonificación:
· Empresas de 6 a 9 trabajadores: el 100%
· Empresas de 10 a 49 trabajadores: el 75%
· Empresas de 50 a 249 trabajadores: el 60%
· Empresas de mas de 250 trabajadores el 50%
· En el caso de empresas de 1 a 5 trabajadores se establece un crédito fijo de 420 euros.
· Para las empresas de nueva creación y las que abran nuevos centros, se establecerá una bonificación media por trabajador de 65 euros.
Las empresas que concedan permisos individuales de formación dispondrán de un crédito adicional de hasta un 5% respecto de su crédito anual para formación continua.
El listado de participantes deberá comunicarse antes del comienzo de la correspondiente acción formativa o grupo.
En el caso de Comunidades Autónomas con competencias en gestión de formación, recibirán las transferencias de fondos para la gestión y financiación de contratos-programas y acciones complementarias, en las cuantías que se acuerden en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales. En el supuesto de Autonomías sin el traspaso de competencia en gestión de formación en el 2006, podrán recibir del Servicio Publico de Empleo Estatal, previo acuerdo de la Comisión Estatal de Formación Continua, una transferencia de fondos en la misma cuantía que si tuvieran asumida la competencia.
Para cualquier duda o aclaración que se precise, puede ponerse
en contacto con el Dpto. de Formación. 93.318.08.28.
o formacion@upm.org.